Por 30 días, alcaldes exentos de licitar y cotizar ante declaratoria de estado de calamidad

23 junio 2022

Los recursos utilizados serán para atender la emergencia generada por las tormentas Blas y Celia, según informe presentado por la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) al Gobierno central.

El decreto de estado de calamidad fue ampliado por los diputados del Legislativo que integran la alianza oficialista. Foto: Congreso.

Por Enrique García

Los diputados distritales del Congreso modificaron ayer el decreto del estado de calamidad pública (35-2022) emitido por el Ejecutivo el pasado martes, los legisladores no estuvieron de acuerdo con incluir solo ocho departamentos y pidieron que la norma se aplique a los 22. 

Según la exposición de motivos del Decreto, la Asociación Nacional de Municipalidades de la República de Guatemala (Anam) informó que a consecuencia de las tormentas tropicales Blas y Celia, hubo daños severos: a la población, viviendas, centros educativos, puentes, carreteras, así como la seguridad alimentaria, salud, educación e infraestructura. Agrega el documento, la urgencia de tomar acciones que prioricen la recuperación inmediata.

El estado de calamidad pública tiene un ámbito espacial en su aplicación en todo el territorio nacional la cual durará 30 días. El artículo 7 del decreto del Ejecutivo establece que a todas las entidades públicas se les autoriza la adquisición, contratación o ambas, exclusiva de bienes, obras, servicios, suministros, así como la contratación para preinversión, ejecución y supervisión de trabajos.

30 días para gastar

La Ley de Orden Público detalla en su artículo 14: “el estado de calamidad podrá ser decretado por el Ejecutivo con el fin de evitar en los posibles los daños de cualquier calamidad que azote al país”. Bajo esta justificación, la medida alcanza a las municipalidades, por lo que mientras tenga vigencia la norma, estas no están obligadas a licitar o cotizar bienes, suministros, obras y servicios indispensables.

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Los alcaldes o concejos tendrán vía libre para comprar sin cotizar cuando el monto sea superior a los Q90 mil y no sobrepase los Q900 mil. Para el uso de estos recursos, el decreto del ejecutivo refiere que para adquirir o contratar en el caso de las municipalidades deberán de contar con previa constancia de causa y daño emitida por la Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres naturales o Provocados (Conred).

El diputado del bloque Creo, Cristian Álvarez, indicó que el problema de aprobar un estado de calamidad a nivel nacional es que se hace una mala ejecución del gasto público, tal como ocurrió en el socavamiento de Villa Nueva, donde las autoridades echaron lodocreto pese a que no existió recomendación de la Conred. Dijo que lamentaba también que el decreto fuera disfrazado con una solicitud de los alcaldes ya que era una decisión directa del Ejecutivo.

Álvarez fue uno de los diez congresistas que votaron en contra de ampliar a nivel nacional el estado de calamidad. Contrario a los 111 restantes que en su mayoría razonaron su voto a favor de dicha medida (Decreto 35-2022).

Q1 mil millones

Luego de ampliar y ratificar el estado de calamidad, los legisladores también aprobaron quitar Q600 millones destinados para la compra de vacunas contra el COVID-19 y Q400 millones de infraestructura, para trasladar al renglón de “fondo de emergencia” para atender también los problemas generados por las lluvias.

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