Ojoconmipisto declara ante el MP por caso Villa Nueva

23 diciembre 2024

La municipalidad se rehúsa a proporcionar copia de las actas de las sesiones del concejo. El Procurador de los Derechos Humanos delega la denuncia al MP.

La fiscalía municipal del Ministerio Público en Villa Nueva es la entidad que investiga el caso. Crédito: Ministerio Público.

Por Ojoconmipisto

En medio de una posada navideña, Ojoconmipisto rindió su declaración por el caso “actas del concejo de Villa Nueva” en la fiscalía del Ministerio Público (MP) ubicada en ese municipio. 

La fiscal auxiliar I Esmirna De Paz tomó el testimonio de lo sucedido en agosto de 2024 cuando Ojoconmipisto solicitó las actas del concejo municipal de enero y febrero 2024, y el secretario municipal Javier Posadas Beltetón se negó a entregarlas.

Ojoconmipisto presentó un recurso de revisión ante el concejo municipal, por ser la autoridad máxima, en contra de la respuesta que el mismo Posadas Beltetón dio.

Sin embargo, Posadas se rehusó a recibirlo en tres ocasiones porque no estaban redactados como él quería, una atribución que contraviene el artículo 54 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

De esa forma impidió que el concejo municipal conociera la respuesta que él había dado y le enmendara la plana si lo consideraba indicado. Esta no es la primera vez que el medio solicita las actas. Lo hizo en 2020 y la corporación entregó las copias.

Esta fotografía corresponde al concejo municipal para el periodo 2024-2028. El secretario municipal se rehúsa a proporcionar copias de las actas de sesiones. Foto: Facebook municipalidad

El inexistente

Por este motivo, Ojoconmipisto presentó una denuncia ante el Procurador de Derechos Humanos en la Secretaría de Acceso a la Información (Secai), por ser esta institución la autoridad reguladora de la ley.

Según Lilian Sierra, exsecretaria de la Secai, el deber del procurador es dictaminar la violación de derechos. Y en este caso sería el de retención de información, que se encuentra en el artículo 66 de la LAIP. 

“Incurre en el delito de retención de información el funcionario, servidor público o cualquier persona responsable de cumplir la presente ley, que en forma arbitraria o injustificada obstruya el acceso del solicitante a la información requerida”.

Don't miss out!

¡No te quedes sin enterarte!

Recibe en tu correo nuestro boletín mensual con datos, análisis y fiscalización sobre las alcaldías.

Invalid email address

La ley contempla que la sanción es penal y puede conllevar tiempo en prisión de uno a tres años, y una multa de Q10 mil a Q50 mil.

Este sería el caso de Posadas que primero se negó a entregar las actas del concejo municipal, las cuales se contemplan como información pública según el artículo 9 numeral 6.

Después se negó a trasladar los tres recursos de revisión al concejo municipal y cerró por decisión propia el caso sin respetar el procedimiento legal ni entregar la información.

Tenemos esta nota: Ojoconmipisto presenta amparo contra alcaldía de Villa Nueva

De acuerdo con Sierra, después de determinar el presunto delito la Secai traslada el expediente al MP para su respectiva investigación. Incluso, explica, la PDH puede decir que el secretario municipal violó los derechos humanos. Pero eso no pasó en este caso. 

Jazmin Orellana, supervisora regional de la PDH, informó que el oficio se trasladó a la Fiscalía de delitos contra periodistas sin haber detectado una violación, y que es trabajo de la fiscal auxiliar determinar si hubo o no delito. Ojoconmipisto intentó localizar al secretario pero no hubo respuesta.

Al tomar la declaración el martes 17 de diciembre, la fiscal auxiliar De Paz informó que solicitarán un informe administrativo a la municipalidad de Villa Nueva.

Una vez la alcaldía presente el informe, la fiscal determinará si hay o no un delito. Aunque para ella, no hay delito qué perseguir.

Ana Carolina Alpírez

Noticias relacionadas