El tiempo corre y dos tercios del país no tienen plantas de tratamiento

18 mayo 2022

En 2023 vencerá el plazo para que las alcaldías traten por lo menos una fracción de las aguas residuales de sus ciudades, pero pocas han avanzado en esta responsabilidad.

Planta de tratamiento de aguas residuales en la cabecera de San Marcos. Foto: Leonel Jiménez.

Por Carmen Maldonado Valle

El reglamento de descargas y reuso de aguas residuales lleva 16 años en espera de plantas de procesamiento en los 340 municipios del país. La última de las cinco prórrogas estableció que la obligación de las alcaldías para operarlas estará vigente a partir del 2 de mayo de 2023, pero a la fecha solo 88 las han instalado.

El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) tiene registros de autorizaciones de plantas de tratamiento de aguas residuales desde 1998. A partir de entonces ha aprobado la operación de 180 instalaciones de este tipo en todo el país.

Según el Instituto de Fomento Municipal (INFOM), para abrir uno de estos lugares se requieren, entre otros requisitos, estudios ambientales donde se determina si la edificación cumplirá con los parámetros para funcionar, está en un terreno adecuado y no implica un riesgo ambiental.

El MARN no ha emitido estos dictámenes favorables para 252 de los 340 municipios, a pesar de que el acuerdo 236-2006 establece que el próximo año todos deberán procesar al menos las dos principales descargas de aguas residuales en su territorio. Quienes sí lo han hecho se encuentran, sobre todo, en zonas urbanas.

Guatemala, por ejemplo, es el departamento con más plantas aprobadas por el MARN. Tiene 64, ubicadas en Chuarrancho, Fraijanes, Ciudad de Guatemala, Mixco, San Juan Sacatepéquez, San Miguel Petapa, Villa Nueva, Santa Catarina Pinula y Villa Canales.  Le siguen Quetzaltenango con 21 y Huehuetenango con 12.

Otros departamentos, en tanto, no tienen ninguna o no superan las cinco, como Zacapa, Santa Rosa y las Verapaces. Chiquimula forma parte de este grupo, porque no cuenta con lugares de procesamiento de aguas residuales aprobados por el MARN. Quezaltepeque pertenece a él y tampoco aparece en el listado de quienes alguna vez solicitaron dictamen, pero no obtuvieron la autorización.

“No sé por qué el MARN dice eso, si nosotros estamos en construcción de una y es obvio que uno no edifica esto sin tener el aval ministerial”, dice Álvaro Morales, jefe edil durante 24 años no consecutivos y a quien le quedan al menos dos por delante en el cargo. Esta, dice, es la única planta en la ciudad y no hará ceremonia de inauguración porque “se ve como una actividad política”. Aunque se le preguntó tres veces cuándo la pondrá a funcionar, no respondió.

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Pascual Tambriz, el alcalde de Santa Catarina Ixtahuacán, Sololá, tampoco sabe por qué el MARN no registra su planta de tratamiento si tiene años de funcionar, sostiene. Ojoconmipisto solicitó estos datos a través de la unidad de información pública y este municipio no aparece en el listado.

Para el especialista en abastecimiento de agua, Enrique Batres, la cartera tiene registro de todos los sistemas de procesamiento aprobados porque cumplen con las condiciones para funcionar bien. “No se pueden pasar por alto construcciones así, porque para operarlas es requisito indispensable tener el dictamen favorable. Esta constancia es necesaria, no por burocracia, sino para garantizar que con los años y el mantenimiento adecuado la planta no fallará”, añade.

La cuenca de Atitlán

Según la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno (AMSCLAE), hay 19 municipios de Quiché, Totonicapán y Sololá alrededor de este cuerpo de agua. Solo en cuatro de ellos se registran plantas autorizadas por Ambiente: Sololá, Nahualá, Totonicapán y San Andrés Semetabaj.

La falta de tratamiento de las aguas negras, así como la contaminación directa y los desechos sólidos han generado que la calidad del agua empeore, determinó la misma institución. Para 2020, solo cuatro de las 11 playas alrededor del lago tenían índices bajos de polución. Cinco tenían nivel medio y en dos la calidad se calificó como “mala” por presencia alta de coliformes (materia fecal o desechos de alcantarillas) y de bacteria E. Coli.

“No sé por qué el MARN dice que no, si nosotros tratamos las aguas residuales. Planeamos construir otra planta durante los próximos meses”, asegura el jefe edil de San José Chacayá, Florencio García. Su ciudad también forma parte de la cuenca y Ambiente no registra haber aprobado ningún sistema de este tipo allí.

Calidad del agua en las 11 playas alrededor del lago de Atitlán. Foto: AMSCLAE.

Para quienes no cumplan con los plazos de instalación de plantas para procesar aguas grises, se aplicará una de las sanciones establecidas en la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. Estas van desde una advertencia hasta la imposición de multas y reparación del daño ambiental causado.

Incluso si todas las ciudades cumplen con tratar las dos fuentes principales de descarga para el 2 de mayo de 2023, no será suficiente. Según el reglamento, para el 3 de mayo de 2027 las municipalidades deberán procesar el 60 por ciento de aguas residuales, y para el 2 de mayo de 2031 el 100 por ciento.

Así, si no se prorroga, el manejo adecuado de todas las aguas negras en el país tomará al menos una década.

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