El Instituto Geográfico Nacional (IGN) se encarga de atender los conflictos territoriales, los procesos de creación de nuevos municipios y la anexión de territorios.

Por German Carranza
En plena pandemia, uno de los conflictos territoriales más conocidos del país estalló entre Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá, en Sololá (2020). La violencia obligó al Estado a decretar un estado de sitio para intentar calmar los enfrentamientos y buscar una salida al conflicto.
Un año después, el problema se repitió en Tajumulco e Ixchiguán, San Marcos, donde hubo enfrentamientos armados y ataques entre familias.
Según Saúl Palma, jefe de la División de Apoyo al Catastro del Instituto Geográfico Nacional (IGN) —la entidad responsable de definir los límites internos del país—, “ningún concejo municipal conoce con certeza dónde empieza y termina su municipio”.
“Ni siquiera los nuevos municipios, creados por decreto legislativo —de procesos recientes—, tienen claridad territorial”, explicó Palma.
Sin límites claros
En 1957, cuando el Instituto Geográfico Nacional (IGN) aún se llamaba Dirección de Cartografía, se le asignó la tarea de definir los límites municipales y departamentales.
Décadas después, con las modificaciones hechas al Código Municipal en 2002, la ley ratificó esa responsabilidad y estableció que el IGN debía atender los conflictos de límites, así como los procesos de creación de nuevos municipios o anexión de territorios.
Hoy, la institución tiene identificados alrededor de 50 conflictos activos, aunque estima que en realidad pueden ser cientos. Entre los casos más conocidos están los enfrentamientos entre:
- Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá (Sololá)
- Tacaná y Concepción Tutuapa (San Marcos)
- Santa Catarina Pinula y la ciudad de Guatemala.

Rutas para la solución de conflicto
Cuando un conflicto territorial no llega por medio del Ministerio de Gobernación, sino directamente de las municipalidades, la institución solo emite una opinión técnica, que sirve para resolver el conflicto de manera local.
Si el Ministerio de Gobernación hace la solicitud formal, entonces el IGN emite un dictamen oficial, que puede convertirse en la base de una iniciativa de ley para definir límites municipales.
Casos como los de Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá, Tajumulco e Ixchiguán, o Santa Catarina Pinula y Guatemala, siguen detenidos en el Congreso.
Las alcaldías no envían la información
El artículo 22 del Código Municipal obliga a los 340 municipios a enviar una “certificación de la división territorial” en julio de cada año. La mayoría no lo hace, no remite información de los centros poblados.
Es por desidia, considera Palma, y “porque no hay un funcionario que lea la ley, máximo el Código Municipal. No les ha interesado trasladar la información”.