Para realizar actividades masivas tres instituciones intervienen para el permiso: el aval de espectáculos del ministerio de Cultura y Deportes; un plan aprobado por Conred y la comuna emite la autorización final.
Por Mirna Alvarado
En una improvisada conferencia de prensa el alcalde de Quetzaltenango, Juan Fernando López, dijo que la municipalidad no otrogó permisos para el concierto donde murieron nueve personas la madrugada de este 15 de septiembre en el municipio.
“Lo único que hemos hecho en ese tema es dar la licencia de sonido, nosotros no tenemos qué ver realmente en el tema». Dicho esto, el jefe edil lamentó que no se considerara el aforo en dicha actividad.
No obstante, en la Normativa NRD-4 emitida por la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred), dice que sí les compete autorizar: “Los Organismos del Estado, las entidades autónomas y descentralizadas –entiéndase municipalidades– de este y en general los funcionarios y autoridades de la administración pública, quedan obligados a participar en todas aquellas acciones que se anticipen a la ocurrencia de los desastres”.
El artículo 3 refiere que la verificación del cumplimiento de la norma de los Protocolos por Evento Socio-organizativo está a cargo de la municipalidad.
Se debe hacer en tres pasos. Uno: “Cuando son conciertos o eventos grandes, primero se debe pedir permiso al ministerio de Cultura y Deportes, aunque se realice en un área privada siempre piden ciertos requisitos que uno debe llenar”, explica Royer Aguilar, productor de eventos en Quetzaltenango.
En este caso, la organización estuvo a cargo de Calavera Producciones que hasta el momento solo emitió un comunicado en el cual se lee: “los terribles hechos ocurridos fuera del área concesionada en la que se llevó a cabo el concierto”.
Dos: los organizadores deben contar con un plan de riesgos con salidas de emergencia, un mapa o croquis aprobado por la Conred, quienes evalúan el lugar.
También deben tener por escrito el respaldo de la Policía Nacional Civil (PNC) a cargo de la seguridad de los asistentes, de Bomberos Voluntarios, Bomberos Municipales y Cruz Roja como parte del plan de respuesta a desastres.
Tres: “Cuando tenemos todos esos permisos, la persona que realiza el trámite debe llevar su boleto de ornato y su DPI al Departamento de Gestión de Riesgos de la municipalidad donde presenta los documentos anteriores y una declaración jurada donde se establece que cuenta con una poliza de seguridad con cobertura a terceros”.
Si llena todos los requisito la municipalidad emite el acuerdo de autorización, señala Aguilar, quien lleva siete años en la organización de eventos masivos.
La normativa establece que la comuna tiene la facultad y obligación de verificar por medio de su departamento de riesgos que se cumpla lo establecido en la declaración jurada y los planes presentados.
En el caso del concierto, “la PNC tuvo la oportunidad de prevenir este triste desenlace, pues fueron testigos de trifulcas y eso era suficiente motivo para detener el concierto”, menciona Gustavo Lang, exdelegado de la Conred.
Las autoridades municipales se presentaron al lugar hasta la madrugada del 15 de septiembre.
Cancelan otros conciertos
“Aunque este evento no entró en los programados por la Comisión Municipal de Diversiones Populares, se decidió suspender lo planificado para evitar más incidentes y solidarizarnos con las victimas y sus familias”, aseguró el concejal VIII, Juan Carlos Villatoro, presidente de la citada comisión.
También cancelaron los conciertos anunciados en la Plaza Japón, Jardines de Xelajú y el Parque Central. Las banderas del parque a Centroamérica y de la comuna permanecerán a media asta.
“Ni la municipalidad ni los organizadores deben resarcir a las víctimas sino el seguro que estos últimos contrataron según su declaración”, según Lang.
El Ministerio Público debe intervenir para deducir responsabilidades, añadió. De momento, la municipalidad debe exigir que se ejecute la fianza porque ellos tienen el expediente que les permitió avalar la actividad.