El Plan de Prestaciones del Empleado Municipal (PPEM) destinó Q2 millones para subsidiar el 75 % de la alimentación de sus empleados en 2025, beneficio establecido en su pacto colectivo.

Por German Carranza
El Plan de Prestaciones del Empleado Municipal (PPEM) gastó en 2025 para la alimentación de sus empleados Q2 millones 074 mil 110.83
De las 1 mil 956 compras no competitivas que realizó el PPEM en 2025, se lograron identificar:
- 191 adquisiciones relacionadas con insumos, frutas, verduras, tortillas y carnes por Q1 millón 533 mil 357.
- 26 compras de insumos para uso y consumo de los empleados por Q540 mil 753.
- 63 compras de refacciones, en su mayoría para visitantes, por Q57 mil 184.
El mayor proveedor es Kevin Alejandro Gonzáles Aguilar. De las 280 compras que se identificaron, realizó 155 ventas por Q1 millón 591 mil 399.
Gonzales registra actividad en Guatecompras desde 2025. La mayoría de las compras pertenecen al PPEM, en abril de 2025 reportó ventas para el Ministerio de Gobernación.
Al 6 de marzo de 2026 lleva 32 ventas por Q309 mil 308.
Las compras responden al pacto colectivo
El artículo 39 del pacto colectivo del sindicato de trabajadores estableció que el PPEM proporcionará mobiliario, equipo, energía eléctrica, agua potable y gas para el área de cafetería.
También señala que la entidad contratará personal para preparar los alimentos.
El mismo artículo indica que el PPEM aportará el 75 % del valor de los alimentos que consuman los trabajadores.
Funcionamiento del beneficio
El beneficio consiste en el servicio de comedor y cafetería para el almuerzo. La cobertura incluye alimentos, menaje y utilería. El horario es de 12:15 a 2:15 de la tarde.
El aporte para alimentación es voluntario y asciende a Q200 mensuales.
En el caso de los trabajadores, la suma puede descontarse de la nómina quincenal en dos pagos anticipados de Q100. En el caso del personal temporal u otro personal, el pago debe realizarse de forma directa en Tesorería.
Con tales datos se hizo el cálculo para conocer cuánto pagan por dicho tiempo de comida los trabajadores: Q10 diarios en caso laboren 20 días al mes (de lunes a viernes).
Alcance del servicio
La coordinadora de la sede departamental de Huehuetenango, Andreina Eugenia Ríos León, afirmó que los beneficios solo aplican a los empleados de la sede central. Las sedes departamentales no tienen ese beneficio.
Según el directorio de empleados, la oficina central concentra el 48.6 % trabajadores, 187 de los 384 trabajadores que tiene el PPEM.
Otros beneficios del pacto
El pacto colectivo incluye otras prestaciones para los trabajadores del PPEM:
- El artículo 23 fija un bono de transporte mensual de Q400 para cada trabajador administrativo de planta.
- El artículo 25 establece un bono vacacional anual de Q1 mil.
- El artículo 26 regula un bono anual de Semana Santa de Q1 mil con incremento anual de 10%.
El artículo 33 dispone que el PPEM mantendrá vigente un seguro médico y de vida colectiva y cubrirá en su totalidad esa prestación.
En 2025, el plan adquirió un seguro colectivo de gastos médicos y de vida para trabajadores para 2026 por Q2 millones 400 mil 103.10 al Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala.
El propósito del plan es ofrecer prestaciones y pensiones
Luis Linares, abogado, miembro de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes), señaló que el propósito fundamental del plan es ofrecer prestaciones y pensiones a los trabajadores municipales que cotizan. Indicó que la administración del Plan debe actuar con prudencia, austeridad y eficiencia. En este caso, no se deben tener costos de funcionamiento que afecten la viabilidad del Plan. Linares también fue representante suplente de la Anam ante la junta directiva del plan a inicios de 1980 y ministro de Trabajo en 1998 y 1999.
Explicó que los planes de prestaciones tienen un período de acumulación, cuando el número de pensionados es menor que el de contribuyentes. Sin embargo, con el paso del tiempo aumenta la cantidad de pensionados y se reduce la relación entre pensionados y contribuyentes.
Por ello, señaló que no se trata únicamente de pensar que si en un año se tiene determinado presupuesto, este deba gastarse en su totalidad. Al contrario, debe procurar la mayor reserva posible. “Así que yo creo que ese plan es administrado de una forma irresponsable”, afirmó.
Respecto al pacto colectivo, Linares dijo estar seguro de que se trata de un acuerdo que, como ocurre en muchas entidades públicas, contiene excesivas concesiones bajo la lógica de que “lo que no me cuesta, lo hago fiesta”.
Derechos adquiridos
Linares comparte que una decisión como esta se puede revertir, pero es complicado, porque los trabajadores podrían alegar —y eventualmente también los jueces— el criterio de los derechos adquiridos, no pueden ser disminuidos.
Sin embargo, el problema también radica en qué criterio tenga la Corte de Constitucionalidad (CC). En materia de derechos laborales, la Constitución establece que las prestaciones y los derechos sociales se rigen por un principio de progresividad. Es decir, que deben tender a mejorar.
No obstante, la propia CC señaló en algunas resoluciones —por ejemplo, en sentencias relacionadas con el IGSS— que, cuando está en riesgo la sostenibilidad financiera, pueden admitirse reducciones. Siempre que se fundamenten en los principios de razonabilidad y proporcionalidad.
Entonces, sí existe un camino, pero es complicado y depende del criterio de los jueces, en última instancia, de la Corte de Constitucionalidad.
Ojoconmipisto llamó al número que el PPEM registra en su directorio, pero no tomaron la llamada. Se llamó y escribió a la subgerente del Plan, Wendy Maíva Mejía Payeras, para contactar al Sindicato de Trabajadores del PPEM, tampoco hubo respuesta.