Ojoconmipisto presenta segundo recurso de revisión ante el TSE

14 marzo 2023

El medio solicitó nombres y CUI de candidatos a alcaldes, concejales, síndicos de las corporaciones de 22 municipios. El Registro de Ciudadanos dijo que no.

El pleno del TSE debe resolver el recurso de revisión presentado la tarde del 14 de marzo. Foto: Facebook.

Por Ojoconmipisto

Ojoconmipisto presentó un recurso de revisión ante la magistrada presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Irma Elizabeth Palencia Orellana, por la negativa del Registro de Ciudadanos (RC) de proporcionar los nombres y CUI de los candidatos a alcaldes, concejales y síndicos de las corporaciones municipales de 22 municipios.

Este es el segundo recurso que interpone el medio ante esa institución. El primero fue el 15 de febrero porque el Registro se negó a informar sobre quiénes son los candidatos a integrar los concejos municipales de todo el país. El pleno de magistrados lo declaró con lugar y ordenó entregar lo solicitado.

Sergio Antonio Escobar Antillón es el jefe del departamento de Organizaciones Políticas del Registro de Ciudadanos.

La solicitud de ahora

Ojoconmipisto solicitó los nombres de todos los candidatos a alcaldes, concejales, síndicos, concejales y síndicos suplentes de las 22 cabeceras departamentales según las resoluciones emitidas por el Registro de Ciudadanos hasta el domingo 5 de marzo de 2023. 

También los datos que figuran en la “Solicitud de Inscripción de candidatura” que los partidos políticos/comités cívicos ingresaron en el Registro Electrónico de Inscripción de Candidatos –ICO–, entre estos, el Código Único de Identificación (CUI).

A criterio del medio, el CUI es necesario para evitar homónimos.

Sin embargo, el jefe del departamento de Organizaciones Políticas del Registro de Ciudadanos, Sergio Antonio Escobar Antillón, dijo que no daría respuesta porque se trata de información sensible, lo cual no es correcto.

Don't miss out!

¡No te quedes sin enterarte!

Recibe en tu correo nuestro boletín mensual con datos, análisis y fiscalización sobre las alcaldías.

Invalid email address
Extracto de la resolución 259-2023 emitida por la Unidad de Información Pública, el 9 de marzo de 2023.

El numeral 2 del artículo 9 de la Ley de Acceso a la Información Pública define así los: “datos sensibles o datos personales sensibles: Aquellos datos personales que se refieren a las características físicas o morales de las personas o a hechos o circunstancias de su vida privada o actividad, tales como los hábitos personales, el origen racial, el origen étnico, las ideologías y opiniones políticas, las creencias o convicciones religiosas, los estados de salud físicos o psíquicos, preferencia o vida sexual, situación moral y familiar u otras cuestiones íntimas de similar naturaleza.” (Sic).

Número equivocado

Ana Carolina Alpírez, directora de Ojoconmipisto, no pidió información sensible ni confidencial. Es más, ni el Tribunal Supremo Electoral requiere esa información a los candidatos. Solicitó la información pública de una actividad pública, de personas que aspiran a un cargo público. 

De acuerdo con Edie Cux, de Acción Ciudadana, “al presentar su papelería, los datos de los candidatos se vuelven públicos porque están optando a una funcion pública. No se puede restringir el acceso por parte de la autoridad”.

En cuanto al argumento de la Unidad de Información y del Registro de Ciudadanos, de que se trata de datos sensibles, “no entra dentro de esa esfera. Tampoco existe una resolución de máxima autoridad donde se declare confidencial esa información”, agregó.

La resolución proporcionada por la Unidad de Información Pública a la solicitud UIP-O-246-03-2023, fue emitida el 9 de marzo y entregada esta mañana.

Formatos de entrega

El Registro de Ciudadano manda a buscar la información en el apartado “Comunicación” del portal del TSE. Sin embargo, esta no incluye el CUI. Además, son imágenes de PDF que no permiten copiar la información. 

A criterio de Cux, durante un proceso electoral “la autoridad del TSE debiese ser la más transparente y la entidad que más facilite la informaciòn sobre los candidatos. También debería procurar la información en formatos sencillos y amigables para que la ciudadanía pueda consultar sobre las personas que se han inscrito como candidatos. Ellos están llamados a garantizar ese acceso a la información más que nadie”

También puede leer: TSE entrega información de las candidaturas a las corporaciones municipales