Los lugares abiertos al público deben cumplir con las normas vigentes de la Conred. Las alcaldías son responsables de monitorear su cumplimiento.
Por Mauricio Álvarez
Los centros comerciales, como lugares de concurrencia masiva de personas, están sujetos al cumplimiento de normativas emitidas por la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred).
Las municipalidades son responsables de garantizar que las plazas comerciales cumplan con las normas establecidas por la Conred. Desde la emisión de licencias de construcción, hasta el monitoreo de las medidas de seguridad implementadas para proteger a los visitantes.
Alejandro Maldonado, exsecretario ejecutivo de Conred, destacó que las normas buscan reducir el impacto de los desastres y su aplicación debe ser un esfuerzo interinstitucional coordinado. “La responsabilidad recae sobre las municipalidades. Deben velar, insistir y supervisar el cumplimiento de estas normas. Incluso pueden complementarlas con reglamentos adicionales según sus criterios”.
Las normativas
La Conred ha establecido un conjunto de Normas para la Reducción de Desastres (NRD) que buscan garantizar la seguridad estructural y funcional de las edificaciones, especialmente aquellas abiertas al público.
- NRD1: Normas de seguridad estructural, que categorizan las edificaciones según su uso e importancia, define criterios de diseño y materiales.
- NRD2: Normas mínimas de seguridad en edificaciones, enfocadas en aspectos como salidas de emergencia y evacuación eficiente.
- NRD3: Especificaciones técnicas sobre los materiales de construcción.
Consultada sobre las inspecciones a edificios públicos, la vocería de Conred informó que, aunque esta entidad evalúa y dicta lineamientos técnicos, la supervisión y cumplimiento de las normas es competencia de las municipalidades.
“No es procedente que la SE-Conred emita instrumentos legales que incidan en los procedimientos internos de las municipalidades relacionados con el ordenamiento territorial, crecimiento urbano o rural de cada municipio”, afirmaron.
El incidente en zona 11
El 17 de noviembre, un accidente ocurrido el centro comercial Miraflores, zona 11, un vehículo derribó un muro del séptimo nivel del estacionamiento, impactando contra un kiosco en una de las plazas principales, y provocó la muerte de un trabajador.
La pared derribada era un muro peatonal que no contaba con los requerimientos para detener la fuerza de un vehículo. Las Normas de Seguridad Estructural para Guatemala (NSE 2), de la Asociación Guatemalteca de Ingeniería Estructural y Sísmica (AGIES), especifican que los sistemas de barreras vehiculares deben estar diseñados para resistir una carga de 3 mil 000 kg.
“La circulación de vehículos genera cargas de impacto y dinámicas que deben tomarse en consideración al diseñar estacionamientos. Estas cargas se simulan para verificar que las estructuras soporten el peso del vehículo más pesado proyectado para el área,” detalla la normativa de AGIES.
Recorrido por el centro comercial
Ojoconmipisto realizó un recorrido en el lugar del accidente para verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad. Se contabilizaron 13 salidas de emergencia en las plazas comerciales, pero todas mantienen las puertas cerradas. Aunque la mayoría estaban señalizadas, algunas no son visibles y una se encontraba fuera de servicio.
Además, se identificaron puertas similares a las de emergencia que no estaban identificadas, lo cual podría generar confusión. Tampoco se observó personal de seguridad en estas áreas, únicamente guardias privados de las tiendas que se encuentran cerca.
De acuerdo con la NRD2, los centros comerciales deben contar con al menos dos salidas de emergencia si el número de ocupantes es de al menos 50 personas. Los estacionamientos requieren el mismo número si tienen al menos 30 ocupantes.
Maldonado advierte que la falta de identificación de las salidas de emergencia puede derivar en consecuencias fatales. “La prevención es mucho más económica y efectiva que lidiar con las pérdidas humanas tras un desastre. Pero para que esto funcione, todos los actores deben asumir sus responsabilidades», subrayó.
En varias ocasiones se intentó hablar con la administración del centro comercial, para conocer su postura ante el incidente y tener el dato oficial de las salidas de emergencia con las que cuentan, pero al cierre de esta nota, no se obtuvo respuesta.
La labor de las municipalidades
El artículo 4 de la Ley de Conred obliga a las entidades públicas, incluidos los gobiernos municipales, a participar en acciones preventivas para mitigar desastres. Esto incluye garantizar que las construcciones, especialmente las de uso público, cumplan con estándares mínimos de seguridad.
Sebastián Siero, presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), explicó que las municipalidades deben verificar que las edificaciones públicas cuenten con los dictámenes requeridos por la SE-Conred.
“Las normas delegan a las municipalidades la tarea de garantizar que toda construcción nueva, remodelación o rehabilitación cuente con los estudios de diseño y geotécnicos autorizados por profesionales. También deben verificar que los materiales utilizados cumplan con las normas mínimas,” comentó Siero.
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Sin embargo, subrayó que la supervisión técnica y el cumplimiento de los procesos estructurales son responsabilidad del profesional a cargo de la obra. Las municipalidades, según sus capacidades, realizan inspecciones periódicas enfocadas en verificar que se respeten las dimensiones y distribuciones autorizadas.
Siero destacó que desde la Anam realizan capacitaciones para que las municipalidades comprendan las Normas de Reducción de Desastres las implementen de manera adecuada en sus departamentos de licencias de construcción.
Mirja Valdés
Quetzalteca que estudió Técnico en Periodismo y Licenciatura en Ciencias de la Comunicación en la Universidad de San Carlos. Reportera y editora en varios medios. Me gusta lo que hago. También los gatos 🐈.