Al menos 333 municipalidades siguen sin tener un Plan de Ordenamiento Territorial (POT), la herramienta para que los vecinos sepan dónde y qué pueden construir.
Por Pilar Rodríguez
En Guatemala solo siete de los 340 municipios cuentan con un Plan de Ordenamiento Territorial (POT). La herramienta sirve para administrar el territorio a través de mapa de uso del suelo según un reglamento, explica el urbanista Carlos Barillas.
Estos son los siete municipios con un POT vigente, aprobado y reglamento publicado en el Diario de Centroamérica.
- Salcajá
- Quetzaltenango
- Puerto Barrios
- Poptún
- Santa Catarina Pinula
- Guatemala
- Sanarate
“Cada municipalidad tiene una circunscripción territorial y por ley está obligada a formular qué es lo que puede hacerse o no en su territorio”, amplió Barillas.
El artículo 23 del Código Municipal ordena que los concejos “formulen y ejecuten” esos planes. Determina el uso del suelo, proyectos y su localización, y las reglas para obtener una licencia de construcción.
En cuanto a la vigencia, el urbanista explica que no se establece en ley el tiempo de vigencia de un POT, pero al realizar consultorías se recomienda revisarlo cada 12 a 16 años.
Zonas Generales, ¿qué representan?
Los POT cuentan con nomenclaturas que permiten conocer qué tipo de proyectos están permitidos en un terreno. Según la Unidad para el Desarrollo de Vivienda Popular (Udevipo), existen estas clasificaciones para que los ciudadanos puedan conocer qué clase de desarrollos pueden realizarse:
- Zona General Cero o Natural (G0): áreas que por su topografía se consideran de vocación para la conservación del ambiente y recursos naturales. Por sus condiciones propensas a deslizamientos o derrumbes, se consideran no aptas para la ocupación humana, de hecho queda prohibida para esos fines.
- Zona General Uno o Rural (G1): por su topografía se consideran predominantemente de vocación para la conservación del ambiente y los recursos naturales. Con aptitud para la ocupación humana compatible con el ambiente con una baja intensidad de construcción.
- Zona General Dos o Semiurbana (G2): por su distancia al sistema vial primario se consideran aptas para edificaciones de baja intensidad de construcción. Predomina la vivienda unifamiliar y las áreas verdes, complementadas por usos del suelo no residenciales.
- Zona General Tres o Urbana (G3): por su distancia al sistema vial primario se consideran aptas para edificaciones de mediana intensidad de construcción según los índices de edificabilidad establecidos para el efecto. Predomina la vivienda, tanto unifamiliar como multifamiliar, complementadas por usos del suelo no residenciales de soporte para la vivienda.
- Zona General Cuatro o Central (G4): se consideran aptas para edificaciones de alta intensidad de construcción según los índices de edificabilidad establecidos, con vivienda multifamiliar y usos del suelo no residenciales compatibles con vivienda.
- Zona General Cinco o Núcleo (G5): para edificaciones de muy alta intensidad de construcción según los índices de edificabilidad establecidos, en lo relativo a aquellos usos del suelo no residenciales, incluyendo vivienda multifamiliar.
En ciudad de Guatemala, las zonas generales G0 y G1 conformarán el Cinturón Ecológico del municipio de Guatemala.
Casos de incumplimiento
Si un municipio cuenta con POT y alguien construye sin una licencia de construcción, incluso hasta demoler el proyecto, lo sancionan. Pero en áreas donde primero fue el permiso y después el POT, gana el permiso, como sucedió con Cayalá.
El entonces concejo municipal lo aprobó a finales de 2008 y el POT entró en vigencia en 2009. “Las normas de ordenamiento territorial no son retroactivas, así que cualquier derecho adquirido previo a la entrada en vigencia del POT no puede ser retirado”, explicó Barillas.
El alcalde de San Miguel Petapa, Mynor Morales, fue citado por diputados de la bancada VOS por el desalojo de vecinos afectados por las lluvias en Villa Hermosa. La Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred) recomendó elaborar un POT para identificar los sectores de riesgo, lo cual requería estudios que el alcalde aseguró no podía costear.
Para un municipio pequeño el precio puede ser de US$70 a US$80 mil dólares. En el caso de un municipio grande puede ser de hasta medio millón de dólares.
El presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) y alcalde de Santa Catarina Pinula, Sebastián Siero, afirmó que la ausencia de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan) se refleja en la falta de POT.
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“Es un proceso costoso, largo y tedioso”, se quejó. Para su municipio contrató a la empresa Innovaterra por Q459 mil 500 quetzales (NOG 13273493) para elaborar el suyo. “Quien debe acompañar es la Segeplan. Tienen una unidad que debería dedicarse a asesorar a las municipalidades”, dijo.
El código municipal ordena a la Contraloría General de Cuentas auditar si los municipios cuentan con un POT. Se llamó a la entidad, pero al cierre de esta nota no hubo respuesta.
Mirja Valdés
Quetzalteca que estudió Técnico en Periodismo y Licenciatura en Ciencias de la Comunicación en la Universidad de San Carlos. Reportera y editora en varios medios. Me gusta lo que hago. También los gatos 🐈.