Solo 10 comunas de 340 tienen un guardián permanente de las finanzas

12 diciembre 2019

Esa es la figura que representa un auditor interno. Sin embargo, la mayoría de municipalidades no cuenta con uno de planta, sino los contrata de forma temporal.

La municipalidad de La Democracia, Escuintla, tiene un auditor interno que le ha trabajado a otras seis comunas en los últimos años. Foto: Facebook Municipalidad de la Democracia.

 

Por José Pablo del Águila

 

Como en cualquier empresa, las municipalidades también deben contar con un auditor interno que salvaguarde los recursos y evite actos de corrupción. Esta persona debe ser contadora pública y auditora y colegiada activa, según el artículo 88 del Código Municipal.

La ley deja abierta la posibilidad para que sean contratados como personal a tiempo completo o parcial.

De las 340 municipalidades, solo diez tienen a sus auditores internos en el renglón 011, es decir, de forma fija. El resto los contratan bajo renglones 029, 189 y 184, según información pública de la Contraloría General de Cuentas (CGC). Estos últimos son temporales, se pueden renovar y se usan para servicios técnicos y profesionales en el Estado.

 

Mónica Monge, secretaria privada de la CGC, dijo que si la contratación es permanente o temporal depende de la disponibilidad presupuestaria de la comuna. Pero para los expertos, estos profesionales deben ser personal de planta, no temporal.

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El conflicto

Wálter Figueroa, del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi), explica que los auditores pueden resultar incómodos para el alcalde o el concejo municipal a raíz de la fiscalización que realizan.

El riesgo, si los contratos son temporales, es que se den por concluidos al término de un año. “Esto se evitaría si trabajaran de forma permanente bajo el renglón 011, ya que hay una institucionalidad que los protegería en el cargo y evitaría que fueran despedidos de forma antojadiza”.

Otro problema, explica, es que si los encargados de la fiscalización interna trabajan a tiempo parcial, pueden caer en un conflicto de interés. No habría nada que impida que por la mañana auditen a la comuna y por la tarde laboren en la empresa proveedora.

“Pueden jugar a ser juez y parte”, dice Figueroa.

César Elías, quien fungió como ex subcontralor del gasto público hasta julio de este año, dijo que lo ideal es que las corporaciones ediles contrataran a estos profesionales como personal permanente, pero muchas no lo hacen por falta de presupuesto.

“La mayor cantidad de esas instituciones (municipalidades) no cuentan con recursos financieros y no tienen una dirección de auditoría interna. Lo que hacen es que contratan auditor en tiempo parcial para que haga revisiones, las más necesarias”, dice Elías, quien ocupó el cargo hasta julio de 2019.

 

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Ana Carolina Alpírez

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