Entre 2018 y 2021, al menos ocho comunas gastaron Q1.2 millones solo en pistolas para sus agentes. Cada una define cuáles compra y también cómo se usan, porque no hay una ley donde esto se estandarice.

Por Carmen Maldonado Valle
Durante los últimos cuatro años Guatecompras registró al menos 154 gastos relacionados con armamento para policías municipales en Guatemala, Escuintla, Alta Verapaz y San Marcos, por Q2 millones 15 mil 672. Como no hay leyes donde se establezcan las atribuciones de estos agentes, tampoco las hay sobre el equipo que pueden usar.
Mixco, Guatemala, ha erogado Q581 mil 750 en pistolas calibre 9 milímetros y balas para uso específico de la Policía Municipal (PM). De acuerdo con Mynor Espinoza, vocero de la alcaldía, son necesarias para “mermar los índices de asaltos y otros delitos. Nos llegan denuncias de lugares a donde la Policía Nacional Civil (PNC) no ha ido y los elementos deben estar preparados si ocurre una situación peligrosa”.
Según Espinoza, no es común usarlas, pero se tienen por prevención. “Nuestros halcones (agentes) retienen a extorsionistas, ladrones y otros delincuentes, pero respetan el debido proceso y los entregan a la PNC”.
Almacén Bisonte provee el armamento y desde 2016 ha facturado Q7 millones 776 mil 756 por abastecer a entidades estatales. Otra de ellas es la comuna de Santa Catarina Pinula, también en Guatemala, la cual ha gastado Q107 mil 670 en pistolas, mantenimiento de escopetas y municiones.
“Tenemos 200 elementos y para formar parte del equipo deben tomar un curso de 1 mil 200 horas. Además de conocer el puesto y la relación con los vecinos, aprenden y entrenan para usar armas de modo adecuado”, afirma Sebastián Siero, el jefe edil.
Durante las 1 mil 200 horas de práctica, acuden a un polígono de tiro y si no pasan las pruebas no se les admite como PM. A partir de la obtención del cargo, van al mismo lugar una vez al mes donde deben aprobar otro examen. De no hacerlo, son despedidos.
En el pago del campo, la comuna ha gastado Q28 mil 480 desde 2018 y la empresa proveedora es Soluciones Creativas en Expansión. Tanto para practicar como para el ejercicio del cargo, la municipalidad compra municiones a Almacén Bisonte, quien también abasteció de pistolas a la comuna en 2019 por Q76 mil 500.
Además, explica Siero, la PM no solo tiene pistolas de 9 mm, sino también escopetas y “armas carabineras, según el puesto. Solo pueden accionarlas si tienen claro quién es el criminal y si está en peligro su vida o la de alguien más”, agrega.
Tierra de nadie
El artículo 79 del código municipal faculta a las alcaldías para crear un cuerpo de seguridad si es necesario y hay recursos para mantenerlo, pero debe tener un reglamento. Al solicitar a Siero el suyo admitió que no existe y quien regula las acciones y equipo de los agentes es el director de la PM.
Aun así, hay un protocolo donde están las funciones de cada puesto de la policía municipal y entre ellas se establece la responsabilidad de procurar el uso y mantenimiento adecuado de las armas. “Un empleado público puede hacer cuanto la ley le permita y en el código municipal no se especifican las tareas de estos agentes, pero sí la necesidad de regularlas. Esas normas rigen qué pueden hacer”, sostiene el analista en temas municipales, Luis Linares.
Comunas como la de Villa Nueva, donde en los últimos cuatro años hubo desembolsos de Q89 mil 280 relacionados con armamento, sí cuentan con estatutos. En ellos, sin embargo, el uso de pistolas se ampara en la Ley de Armas y Municiones, donde solo se aclara que las instituciones públicas donde se usen deben contar con autorización del ministerio de Defensa.
“Las PM solo deberían cuidar bienes municipales y cuestiones de ornato. Por lo tanto, no deberían portar armas, pero hay un vacío legal porque no hay normativas de respaldo”, asevera el exministro de Gobernación, Carlos Menocal.
En 2013, de hecho, se intentó regular a las PM a través de la iniciativa de ley 4684. Planteaba sus atribuciones, acciones autorizadas en cuanto a seguridad y equipo a utilizar, pero tras presentarse en el pleno se engavetó.
“Mientras no haya marco jurídico, rige la ley de la PNC, donde dice que esta es la única entidad facultada para velar por la seguridad del país. Por lo tanto, la policía municipal no puede hacer patrullajes ni usar pistola”, continúa Menocal. Quien puede frenar estas acciones, dice, es el ministerio de Gobernación porque es su ámbito de trabajo.
Al consultar con la cartera, negó tener reparo en las atribuciones autoasignadas de las PM. De hecho su vocero, Pablo Castillo, dijo: “No tenemos registros de cómo se regulan ni cuántos agentes tienen”.
A decir de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), al menos siete de cada diez alcaldías tienen Policía Municipal. Tampoco tiene información sobre su funcionamiento.