Juzgado ordena embargo de salario, cuentas y bienes al alcalde de Cobán

El caso deriva el uso de recursos municipales para evitar daños mayores en casas de vecinos dentro de un terreno privado en la colonia Satis, zona 6 de Cobán.

El 2 de junio ocurrió el derrumbe dentro de una propiedad privada que afectó a otros vecinos, el alcalde intervino con maquinaria de la municipalidad. Foto: Sam Chun.

Por Eduardo Sam Chun

El Juzgado de Primera Instancia Civil de Alta Verapaz ordenó el embargo precautorio de los bienes del alcalde de Cobán, Felipe Pop Cucul. Esto a raíz del colapso y derrumbe de viviendas en la colonia Satis, zona 6. 

El incidente ocurrió tras un movimiento de tierra registrado en un terreno privado. La intervención de maquinaria municipal en el inmueble generó cuestionamientos y dudas sobre el uso de los recursos públicos y la atención técnica prestada a los afectados.

La resolución, emitida el 16 de julio de 2026, admite a trámite la demanda contra el jefe edil y le otorga un plazo de nueve días para responder a las acusaciones. Se buscó la opinión del alcalde, su oficina de comunicación social dijo que se pronunciará al respecto en las páginas oficiales, sin indicar cuándo

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Te damos contexto: Alcalde de Cobán ayuda en propiedad privada con recursos municipales

Las medidas decretadas

Como medida preventiva urgente, adoptada antes de escuchar al alcalde, el juzgado ordenó:

  1. Embargo de bienes inmuebles: sobre una finca inscrita en el Registro General de la Propiedad a nombre de Pop Cucul.
  1. Embargo de cuentas bancarias: Se ordenó la retención de depósitos monetarios, de plazo fijo y de ahorro en entidades del sistema bancario hasta cubrir el monto reclamado más un 10 % en concepto de costas procesales.
  1. Embargo del salario: Se decretó retener el porcentaje legal del salario que devenga el alcalde en la municipalidad. El juzgado nombró como depositario al encargado de nóminas y Planillas de la comuna.

El juzgado rechazó embargar las dietas que Pop Cucul recibe en el concejo municipal, al considerar que los demás embargos aprobados son suficientes.

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