Empagua tiene tres meses para restablecer el agua en la colonia El Limón

09 abril 2021

Tras más de un año sin el servicio, un juzgado resolvió que debe garantizar este recurso a los vecinos de forma ininterrumpida. Si no cumple deberá pagar Q2,000 de multa.

Protesta de los vecinos de El Limón por la escasez de agua en diciembre de 2020. Foto: Facebook El metropolitano.

Por Carmen Maldonado Valle

El procurador de Derechos Humanos (PDH), Jordán Rodas, presentó el 21 de agosto de 2020 un amparo en el Juzgado de Primera Instancia Civil por la falta de de agua a vecinos de la zona 18 de la capital. Para entonces llevaban seis meses sin el suministro. “Esto arriesga el derecho a un nivel adecuado de vida y a la salud, sobre todo en medio de la pandemia”, como se lee en el documento presentado por el funcionario.

Este viernes, el juzgado otorgó el amparo y ordenó a la Empresa Municipal de Agua (Empagua) restablecer el servicio en un período no mayor a tres meses. Si no cumple, la penalización será una multa de Q2 mil.

La denuncia se presentó a raíz de publicaciones en redes sociales donde vecinos de El Limón denunciaron la falta del recurso y los pagos semanales de Q12 a Q15 a una empresa con el fin adquirir un tonel por familia. Según el PDH, los afectados acudieron a la municipalidad para resolver el problema y les dijeron que no había suficiente agua para ellos a causa de la falta de lluvia. Por lo que debían esperar al invierno para que se restableciera el servicio con normalidad.

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De acuerdo con la resolución del juzgado, Empagua se defendió con que sus registros sí mostraban a la zona 18 como un lugar con abundante agua. Opinaron, además, que el amparo no podía proceder porque las denuncias en redes sociales no eran una prueba contundente y por ello debían desestimarse.

Y añadió: “la zona 18 es muy grande, por lo que no existe certeza de cuáles son los sectores afectados”. Las dificultades comenzaron a partir del cierre de un pozo en el lugar. “Estamos próximos a rehabilitarlo para volver a prestar el servicio a través de él, lo cual demuestra que no es cierto lo afirmado por el amparista (Rodas)”, [sic].

El tribunal determinó que con el desabastecimiento se violaron los principios fundamentales de protección a la persona y a la familia. “Constituye un agravio en detrimento del derecho fundamental a la salud”, se lee. Por ello, desestimó lo alegado por Empagua y otorgó el amparo al PDH.

Al respecto, el vocero de la comuna capitalina, Ángel Albizures, afirmó que “la municipalidad de Guatemala es respetuosa de ley y se actuará conforme a lo que ella indica. Es importante mencionar que se trabaja de acuerdo con las condiciones que lo permitan”.

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