Comités Cívicos tendrán 65 días para constituirse e inscribirse estas elecciones

21 enero 2023

Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) anuncian que esta organizaciones políticas deberán presentar informe financiero cada 14 días a la Unidad de Fiscalización.

Los comités cívicos también deben realizar asamblea y proclamar candidatos a corporación municipal. Foto: LOY, San Lucas Tolimán, Sololá.

A partir de este sábado 21 de enero, los comités cívicos que quieran participar en las elecciones para corporaciones municipales tienen hasta el 25 de marzo para constituirse e inscribirse ante el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE). En la página de este último se habilitó el formulario de inscripción.

“Tendremos que correr porque solo nos están dando dos meses”, declaró el alcalde de Sumpango, Sacatepéquez, Enrique Cubur, quien en 2019 ganó con el Comité Cívico “Somos Sumpango”. Explicó que en su caso que va a la reelección con el mismo comité se le hará más fácil pues tienen el logo y conocen el procedimiento. Caso contrario para quienes participan por primera vez.

En la conferencia de prensa en el Teatro de Cámara del Centro Cultura Miguel Ángel Asturias, el magistrado del TSE, Gabriel Aguilera Bolaños, mencionó que el plazo para constituirse  e inscribirse es de 60 días antes de la fecha de las elecciones generales del 25 de junio. El artículo 108 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) establece dicho tiempo.

En las cuentas de Aguilera tendrían 90 días para realizar el trámite. Pero Cubur no opina lo mismo, pues de acuerdo con el decreto de  convocatoria (1-2023) en su artículo 2 inciso c, únicamente les dejan 65 días. Los comités tendrán a partir del 21 de enero al 26 de marzo para realizar todos los trámites de inscripción.

El artículo 40 del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEEP) refiere que, a partir del día siguiente de la convocatoria, el comité cívico electoral podrá obtener los formularios para su inscripción. Agrega que estas organizaciones deberán de inscribirse a la “brevedad posible”, caso contrario, se les otorgará un plazo de 24 horas para que resuelvan alguna deficiencia que tengan.

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Rendición de cuentas

“No se vale que los comités cívicos no rindan cuentas de cuánto gastan”, respondió la magistrada Blanca Alfaro, ante el cuestionamiento del techo presupuestario que tienen permitido gastar en campaña estas organizaciones políticas. El acuerdo 1-2023 de Convocatoria a Elecciones fija que por ejemplo en Guatemala (municipio), un comité tiene un límite de gasto de Q634 mil 45.44, mientras que, en Santa María Visitación, Sololá, lo máximo permitido para gastar son Q1 mil 351.78

El cálculo para el techo de campaña se fijo en razón del equivalente en quetzales a US$0.10, conforme al tipo de cambio de referencia del Banco de Guatemala, vigente para el 19 de enero del presente año, por cada ciudadano empadronado en el municipio respectivo, hasta el 31 de diciembre de 2022.

Ante ello, Alfaro indicó que, por primera vez en las elecciones, los comités cívicos tendrán qué rendir informes de gastos cada 15 días a la Unidad de Fiscalización del TSE. El acuerdo establece que todas las normas de organización, financiamiento, fiscalización y funcionamiento de los partidos políticos serán aplicables a los comités cívicos electorales.

En las elecciones de 2019 fueron inscritos 104 expedientes de comités cívicos electorales. De acuerdo con la Memoria Electoral de ese año se habilitaron 100 libros de contribuciones a organizaciones y financistas políticos.

El techo de campaña electoral para los partidos políticos este 2023 será de Q34.9 millones.

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