Camión que derribó pasarela en Aguilar Batres no solicitó permiso para circular

La circulación del transporte pesado está contemplado en un reglamento emitido por el ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).

Hay cuatro estaciones de control de pesos y dimensiones en el país. Foto: Dirección General de Caminos (DGC).

Por Jimena Porres

El ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), informó que el camión que derribó la pasarela en la calzada Aguilar Batres el 23 de octubre no solicitó permiso para transitar. Debía gestionarlo en el departamento de Ingeniería de Tránsito de la Dirección General de Caminos (DGC). Desconocen el nombre de la empresa transportista.

También aseguraron que el vehículo de carga no pasó por ninguna de las cuatro estaciones de control de peso y dimensiones. Están ubicadas en Escuintla; Puerto Quetzal; Tecún Umán, San Marcos, y Puerto Barrios, Izabal. “No se sabe su origen ni el destino de la carga porque no tramitó ningún permiso en la DGC”. 

El Reglamento para el Control de Pesos y Dimensiones de Vehículos Automotores de Carga y sus Combinaciones, regula las cargas y las medidas del transporte. Fue emitido en 2010 por el CIV y detalla las precauciones necesarias para evitar que estos dañen carreteras, puentes, pasarelas, entre otros.

Te recordamos: Sin vías alternas el ​transporte pesado provocará más accidentes

La normativa atiende a la Convención de las Naciones Unidas Sobre Circulación por Carreteras de 1949, así como al Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras de 2002. De este último surge el gálibo, las proporciones máximas de los vehículos. El ancho máximo es de 2.60 metros, mientras que el alto no deberá superar los 4.15 metros.

Si hay excedente

La normativa contempla situaciones donde los vehículos transportan cargas mayores a las estipuladas y ofrece dos alternativas. La primera es que no podrán continuar con su recorrido mientras no comprueben la eliminación del exceso. La segunda es solicitar un permiso especial que justifique su tránsito. 

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Dicha autorización concede la circulación después de un estudio y análisis técnico favorable de la DGC. También contempla el desgaste de las carreteras, posibles daños a infraestructuras existentes y seguridad para el tránsito ordinario.

En estos casos el responsable del transporte está obligado a cumplir una serie de condiciones. Debe llevar escoltas adelante o atrás, con banderas rojas, balizas color ámbar y luces intermitentes. Si transita en horario nocturno necesita colocar de forma visible un rótulo reflectivo que diga “carga ancha”. 

Debe verificar las alturas previo a pasar por debajo de las pasarelas. Si transita en perímetros urbanos debe coordinar con las autoridades municipales competentes. Por último, el permiso no exime de responsabilidades por cualquier daño a estructuras o accidentes que provoque el transporte durante el trayecto. 

El reglamento de MuniGuate

La municipalidad de Guatemala emitió el Reglamento para la Construcción de Pasarelas o Puentes Peatonales en su municipio. De esta forma establecieron el marco regulatorio para su construcción cuyo destino sea la donación a favor de la alcaldía.

Los puentes peatonales deben ser solicitados a la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito (Emetra), o por medio de las alcaldías auxiliares correspondientes. Estas últimas son las encargadas de socializar el proyecto con los vecinos en un plazo de diez días hábiles. 

También deberán requerir a la Dirección de Obras la opinión técnica que respalde la necesidad de su ejecución. Proporcionan información acerca de la cantidad de peatones proyectados que utilizarán la pasarela. Las alcaldías auxiliares realizan el conteo en horas pico donde solicitaron la pasarela, para identificar el punto más adecuado y otorgarle uno de los niveles de necesidad.

  1. Deseable: si cruzan entre una y 50 personas en un radio de 200 metros alrededor. 
  2. Necesaria: si cruzan entre 51 y 100 personas en un radio de 200 metros alrededor.
  3. Muy necesaria: si cruzan 101 personas en un radio de 200 alrededor.

Si es aprobada, Emetra y la Dirección de Obras diseñarán el puente peatonal, así como sus especificaciones técnicas y planos de obra. En agosto de 2025 Emetra publicó los términos de referencia para la construcción de dos pasarelas. Establecieron que los puentes deben elevarse a una altura mínima de 5.50 metros, contará con un descanso a la mitad del trayecto.

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