La comunicación de la Superintendencia con las 340 alcaldías debe ser más directa, recomienda Carlos Gossmann del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi)

Por Pilar Rodríguez
Las municipalidades tienen hasta el 15 de mayo (2026) para entregar a la Superintendencia de Competencia copias digitales de sus ordenanzas y normas de carácter general. Así lo publicó la entidad en el diario oficial del 16 de marzo (resolución 16-2026).
Lo hizo “con el motivo de ajustar las disposiciones de la Ley de Competencia y que estas no entren en conflicto o duplicidad con disposiciones previas en la normativa vigente”, sugiere Carlos Gossmann. Él es coordinador del área de Presupuestos Públicos y Derechos Humanos del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (ICEFI).
“Si bien las ordenanzas municipales tienen capacidades limitadas para detectar colusiones, la revisión de la Superintendencia permitirá identificar disposiciones que faciliten la coordinación indebida entre empresas; especialmente en materia de compras públicas”. Es la opinión de Regina Vargas, coordinadora de CompiteGuate, una iniciativa liderada por el Consejo Nacional Empresarial (CNE).
Ambos coinciden en que permite prevenir prácticas anticompetitivas y fortalecer un entorno más transparente y eficiente.
No existe canal de comunicación
Una de las dificultades que Gossmann observa es que todas las comunas se enteren de la resolución. Sebastián Siero, alcalde de Santa Catarina Pinula y presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), asegura que no ha recibido comunicación por parte de la Superintendencia de Competencia.
Gossmann indica que “debe existir un canal de comunicación directo, dado que es una instrucción que parte de una normativa de la cual ellos (la Superintendencia) son rectores”.
Desde CompiteGuate, el requerimiento que la Superintendencia realizó a las municipalidades está legalmente respaldado por el artículo 55, numeral 18, de la Ley de Competencia, explica Vargas
Reconocen que la norma faculta al Directorio para crear mecanismos de coordinación con instituciones públicas en materia de competencia, a fin de asegurar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley y de otras aplicables.
“Podría iniciarse un acercamiento que facilite la creación canales de comunicación y cooperación para la identificación y revisión de ordenanzas municipales relevantes», agrega. Pero reconoce que debido al elevado número de municipalidades, se trata de una labor considerable.
Según Ricardo Barrientos, director ejecutivo del Icefi, la Superintendencia solicita en un plazo “relativamente corto” un gran volumen de disposiciones legales.
“Cabría recomendar al directorio reconsiderar, no la intención ni la motivación de porqué solicitan esta información, pero sí la forma en que plantea el requerimiento. Es muy voluminoso que podría plantear dificultades logísticas reales”, dice.
Plazos y excepciones
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial, las copias de las ordenanzas deberán remitirse preferentemente en formato digital PDF al correo electrónico contacto@sicom.gob.gt. Alternativamente, podrán entregarse en soporte físico en la sede temporal de la Superintendencia de Competencia.
De acuerdo con la publicación en el Diario, quedan exceptuados de esta obligación:
- Los expedientes administrativos de carácter particular, incluyendo licencias emitidas, autorizaciones específicas, sanciones administrativas y procedimientos disciplinarios.
- Los expedientes laborales, de personal o de recursos humanos.
- Los documentos que ya se encuentren publicados en su página web institucional o en portales de transparencia institucionales.
- Los documentos, requisitos, procedimientos y formatos que las entidades ya tienen publicados y actualizados en sus portales electrónicos o en el Sistema Electrónico de Trámites, en cumplimiento de la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos (Decreto 5-2021). En este caso, la entidad cumplirá con la obligación indicando el vínculo electrónico (URL) de acceso directo a dicha información.