Una de cada diez municipalidades no recauda el IUSI 

En 2025, de las 340 alcaldías 295 registraron el cobro del IUSI. Otras ocho tienen una partida, pero no reportan ingresos y 37 no lo contempla en su presupuesto de ingresos.  

El pago del IUSI incluye no solo los bienes inmuebles sino también terrenos, estructuras, construcciones, instalaciones y cultivos permanentes. Imagen: Municipalidad de Quetzaltenango.
El pago del IUSI incluye no solo los bienes inmuebles sino también terrenos, estructuras, construcciones, instalaciones y cultivos permanentes. Imagen: Municipalidad de Quetzaltenango.

Por German Carranza 

En 2025, el 87 % de las municipalidades recaudaron el Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI). Este representó para las comunas un ingreso total de Q1 mil 876 millones.

Según el Portal de Gobiernos Locales, de las 340 alcaldías, 295 registran en su presupuesto de ingresos el cobro del IUSI, ocho tienen una partida presupuestaria asignada y 37 no lo contemplan.

Guatemala a la cabeza

El departamento que concentra el 77 % de la recaudación es Guatemala. Le siguen Escuintla con el 5 %; Sacatepéquez con el 4 %; y Quetzaltenango con el 3 %.

En el extremo opuesto se encuentra Totonicapán, con el 0.01 %. Le siguen Sololá, Baja Verapaz y Quiché, cada uno con el 0.2 % del ingreso.

A nivel municipal, Guatemala encabeza la lista: recaudó el 41 % del total, es decir, Q773 millones 629 mil 637.49. Le siguen Mixco con el 9 %; Villa Nueva con el 8 %; y Santa Catarina Pinula con el 5 %.

Los ocho municipios que cuentan con una partida presupuestaria, pero no recaudaron el IUSI, son:

  • Concepción Huista, Huehuetenango
  • Jacaltenango, Huehuetenango
  • Yupiltepeque, Jutiapa
  • Palestina de los Altos, Quetzaltenango
  • Patzité, Quiche
  • Tacaná, San Marcos
  • San Andrés Xecul, Totonicapán
  • San Diego, Zacapa

Lo recaudado tiene un destino específico 

La ley del IUSI en su artículo 2 establece que como mínimo el 70 % de lo recaudado debe asignarse a inversión, porcentaje que debe destinarse obligatoriamente a servicios básicos y obras de infraestructura de uso colectivo.

Un máximo del 30 % puede utilizarse para funcionamiento, con el fin de cubrir gastos administrativos, como salarios, papelería y otros costos operativos.

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La municipalidad y el Minfin recaudan

Quién recaude el impuesto depende de la capacidad técnica de la municipalidad. Si la alcaldía no cuenta con dicha capacidad, el cobro lo realiza el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin).

En caso de que el Minfin realice el cobro, el 2 por millar se trasladará en su totalidad a las municipalidades. En el caso del 6 o 9 por millar se distribuirá 25 % para el Estado y 75 % para las municipalidades.

Según el Minfin, al 11 de marzo, a través de la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles (Dicabi), recauda y administra el IUSI de 57 municipios.

Cuando la comuna tiene la capacidad técnica y administrativa para recaudar y administrar el IUSI, el Minfin le traslada esas atribuciones. En ese caso, el 100 % de lo recaudado ingresa directamente a la municipalidad.

La Dicabi capacita a técnicos, funcionarios y autoridades municipales, en lo que respecta a la recaudación y administración del IUSI. Además, les proporciona asesoría y acompañamiento para la elaboración de estudios de zonas homogéneas. Cuando así lo requieran podrán aplicar la valuación inmobiliaria.

Inscripción de inmuebles

La ley establece que el impuesto recae sobre la propiedad o la posesión de los bienes inmuebles.

Para la alcaldía, el “sujeto pasivo” del impuesto —es decir, el obligado a realizar el pago— es quien ejerce la posesión, independientemente de si tiene un título registrado o no.

En el caso de la municipalidad de San Juan Sacatepéquez, existe un listado de requisitos para que la Dirección de Catastro y Administración del IUSI registre los inmuebles del municipio.

También escucha: El IUSI vuelve a la discusión

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