OCAS obvió anotar los nombres del vocal XI y del suplente al momento de levantar el acta constitutiva. Esto impidió su inscripción.
Por Rolando Quemé
El Comité Cívico Organización Ciudadana de Acción Social (OCAS) no participará en la contienda electoral del 16 de junio, al ser anulada su inscripción por no incluir a dos personas en su acta constitutiva, informó Norma Quixtán, que aspiraba postularse como candidata a la alcaldía del municipio de Quetzaltenango.
“Cuando se trata de un error, el Tribunal Supremo Electoral debe notificar en las próximas 48 horas, para subsanarlo, pero a nosotros nos notificaron 90 horas después. Apelamos la resolución, pero fue declarada sin lugar”, comentó Quixtán.
La dirigente explicó que al momento de transcribir el acta de constitución del comité, por un olvido no incluyeron al vocal XI ni al suplente, por lo que la delegada Departamental del TSE anuló la inscripción. Ella argumentó que las dos personas no fueron electas en la asamblea. “Podríamos haber recurrido a la Corte de Constitucionalidad, pero por no tener los recursos económicos y el tiempo en contra optamos por no participar en estas elecciones”.
La experiencia nos permitió conocer la operatividad de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, la cual es excluyente y no fortalece la democracia pues privilegia a los partidos políticos.
Blanca Juárez, delegada del TSE el municipio de Quetzaltenango, insistió en que sí se cumplieron los plazos. «Cuando un comité cívico solicita su inscripción se verifica si los documentos están completos a y se traslada al director del Registro de Ciudadanos, quien los autoriza o rechaza. No es mi persona quien lo decide».
La líder del comité OCAS manifestó su satisfacción por superar la cantidad de afiliados que pedía el Registro de Ciudadanos, «eran 1, 500, logramos 1.665. Es lamentable quedar fuera por un error involuntario».
Las contradicciones legales
El artículo 108 dice que los comités pueden inscribirse hasta 60 días antes de las elecciones, sin embargo, el TSE basado en el artículo 196 hizo la convocatoria y cerró las inscripciones el 17 de marzo, 90 días antes,
“Los representantes de los comités cívicos debieron haber interpuesto un amparo ante la Corte de Constitucionalidad, porque la decisión viola sus derechos constitucionales de elegir y ser electos”, afirmó el abogado constitucionalista Félix Magdiel Sontay. Esto afecta a la población, la CC pudo haberlo aclarado.
Allan Estrada, de la Academia de Constitucionalistas de Quetzaltenango, agregó que debieron haber recurrido al máximo tribunal constitucional para resolver esta contradicción en la Ley Electoral.
«Esta nota es producto del Diplomado “Periodismo Político y Electoral” que imparte el International Republican Institute (IRI), bajo la coordinación de Laboratorio de Medios, S.A. a periodistas de diversos departamentos de Guatemala. (La asistencia financiera y técnica que el Instituto Republicano Internacional (IRI) otorga para esta actividad es provista por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y es posible gracias al generoso apoyo del pueblo estadounidense.) Los puntos de vista y opiniones expresados en esta nota son de los autores y no necesariamente reflejan la política oficial de USAID o del gobierno de los Estados Unidos”.