Conductores ebrios podrían pagar hasta Q25 mil de multa

Según del tipo de vehículo que conduzcan así será la multa, la cual podría llegar a ser hasta de Q50 mil si presta algún tipo de servicio, sea taxi o de carga.

Las multas para conductores ebrios van de Q5 mil hasta los Q25 mil o más si conducen transporte colectivo o de carga. Foto: PMT.

Por Ana Valdez

Conducir bajo efectos de alcohol en ciudad de Guatemala ya no se saldará con la habitual multa de Q500 que solía imponer la Policía Municipal de Tránsito (PMT). La comuna capitalina comenzó a aplicar sanciones severas que la ley contempla desde hace años, por lo que los infractores ahora enfrentarán multas de Q5 mil en adelante y la suspensión de su licencia. La medida busca frenar los percances viales causados por el abuso del alcohol.

«Ahora la multa de Q5 mil tiene validez por demostrar la ebriedad. En el caso de un bus, un taxi o un cabezal, la multa es del doble, Q10 mil. Según el caso, el juez municipal puede aplicar sanciones de Q25 mil, y de Q50 mil si conduce un vehículo que presta algún tipo de servicio», explicó Amílcar Montejo, director de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito (Emetra) del municipio. 

Aunque el Reglamento de Tránsito (el Artículo 184) contempla una sanción general de Q500 y la suspensión de la licencia de uno a dos años para conductores ebrios, la PMT aplicará el Artículo 40 BIS de la Ley de Tránsito. Esta normativa, vigente desde hace años pero poco fiscalizada bajo este estándar, eleva el castigo a la retención de la licencia de dos a cuatro años y multas que van de los Q5 mil a los Q25 mil, llegando hasta los Q50 mil para el transporte colectivo o de carga.

Sin prueba de alcoholemia

Magdaleno Cruz, un guardia de seguridad de 62 años, salía de trabajar para iniciar su descanso el domingo (12 de julio). Al mismo tiempo, en el descenso de la carretera a El Salvador, un conductor ebrio manejaba de forma imprudente en un sedán. Al llegar al kilómetro 15, el automovilista cambió de carril bruscamente y chocó contra un autobús. 

El impacto provocó que el piloto del bus perdiera el control y atropellara a Cruz. El chofer del transporte público quedó libre ayer (lunes 13), al no demostrarse su culpabilidad.

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El piloto del sedán es Oscar Humberto Cifuentes Ortega, permaneció bajo custodia policial en un sanatorio privado de la zona 9 con supuesta crisis de ansiedad. Él fue cooptado kilómetros más adelante por otros vehículos que lo alcanzaron. Según la versión que uno de los oficiales ofrecida a sus superiores, Cifuentes se negó a hacerse la prueba de alcoholemia. Quedó ligado a proceso y será enviado a la cárcel de Matamoros.

El artículo 40 BIS establece, precisamente, esa prueba como un medio de convicción presentado en un proceso legal. De acuerdo con estadísticas de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) hasta el último día de mayo se contabilizaron 92 sanciones a conductores ebrios. Las zonas donde más ocurren son la 12, 7, 6 y 9.  Con el pago del bono 14 el número podría aumentar, advirtió Montejo.

Un delito, no una falta

De acuerdo con Montejo, las autoridades deben «cambiar la base legal» para que manejar bajo los efectos del alcohol sea considerado un delito penal y «no como una falta que se soluciona pagando una multa». El funcionario agregó que las pruebas de alcoholemia deben ser obligatorias por ley y que las sanciones para los infractores «deben escalar de acuerdo al tipo de vehículo».

El presidente Bernardo Arévalo, en su conferencia La Ronda, lamentó la muerte de Nidia Bautista, una estilista próxima a casarse y de comprar una casa. A ella Jorge David Rodas Linares, otro conductor ebrio la arrastró 1 kilómetro. 

El mandatario insistió en que hay que endurecer los controles de alcoholemia. “Ninguna familia en Guatemala debería sufrir de esta manera el resultado de la imprudencia de una persona en estado de ebriedad”, dijo.

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