Alcalde de Iztapa compra y blinda picop por Q490 mil, pero no deja rastro en Guatecompras

31 mayo 2017

La Contraloría sanciona a municipalidad por no registrar esta compra en Guatecompras. Se entera por esta nota publicada el 15 de febrero.

La alcaldía decidió comprar un picop Toyota modelo 2016. Foto: Municipalidad.
La alcaldía decidió comprar un picop Toyota modelo 2016. Foto: Municipalidad.

Por Isaías Morales

La municipalidad de Iztapa, Escuintla, a cargo de Mario Rolando Mejía Alfaro, adquirió el año pasado un picop por Q316,230 y lo blindó a un costo de Q. 174.720. La cantidad gastada ascendió a Q.490,950. Sin embargo, las contrataciones no están en Guatecompras.

El vehículo marca Toyota Hilux, modelo 2016, propiedad de la comuna, está registrado en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) con las placas O-065 BBV. Fue adqurido a Cofiño Stahl, según informo Renato Pérez, comunicador social de la municipalidad.

Información disponible en la SAT.
Información disponible en la SAT.

Alcaldía se defiende

Renato Pérez no precisó detalles sobre la compra y el blindaje, pero sí justificó por qué la municipalidad no usó Guatecompras. Primero, “porque este producto (un picop Toyota Hilux) solo lo distribuye una empresa en Guatemala”. Y segundo, porque la compra en su conjunto no superó los Q900,000 para convertirse en una licitación.

La ley de Contrataciones del Estado, reformada en 2015, obliga a todos los funcionarios a registrar sus compras en Guatecompras de la siguiente manera: adquisiciones menores de Q90 mil bajo la modalidad de compra directa, menores a Q900 mil bajo cotización y las mayores a Q900 mil como licitaciones.

El entrevistado admitió que no son abiertos dar proporcionar la información pública porque “la ciudadanía le da un mal uso a la misma. Llevamos más de 70 denuncias y por eso preferimos dar estos datos de manera personal”, puntualizó.

Mario Rolando Mejía Alfaro asumió en enero de 2016, porque el alcalde reelecto, Edwin Rolando Chicas Telón, murió el 7 de enero de ese año. Mejía ocupaba el cargo de concejal I que también desempeñó durante el periodo 2012-2016. Por lo tanto, no puede argumentar que desconoce la legislación.

Don't miss out!

¡No te quedes sin enterarte!

Recibe en tu correo nuestro boletín mensual con datos, análisis y fiscalización sobre las alcaldías.

Invalid email address

En su primer año registró 15 compras y contrataciones en el portal que sumaron Q20,098,235.20

Mario Rolando Mejía se reeligió como concejal primero. Sin embargo, ocupó la alcaldía tras la muerte del alcalde Edwin Rolando Chicas.
Mario Rolando Mejía se reeligió como concejal primero. Sin embargo, ocupó la alcaldía tras la muerte del alcalde Edwin Rolando Chicas.

“Procedemos drásticamente contra ellos”

Francisco Chum, supervisor de municipalidades de la Contraloría General de Cuentas, explicó que la Unidad de Monitoreo y Alerta Temprana (UMAT) se encarga de verificar que las comunas cumplan con los requisitos que la ley pide para utilizar Guatecompras.

“Nosotros procedemos drásticamente contra aquellos que incumplan con registrar sus eventos en Guatecompras. Estos deben ser publicados en el portal, independientemente y sin importar el monto gastado. No se pueden ocultar estos gastos, porque podemos detectarlos”, indicó el entrevistado.

Chum agregó que la Contraloría verifica estas compras por medio de las facturas de compras realizadas y el expediente de los gastos municipales. “Todo se realiza a través de las auditorías anuales programadas. Las comunas deben de registrar sin excusa las adquisiciones en Guatecompras”, explicó el entrevistado.

¿Qué dice la ley de Contrataciones?

El artículo 4 de la Ley de Contrataciones del Estado establece que “ningún funcionario público limitará, alterará y restringirá la información pública que debe contener el sistema de Guatecompras”.

Si alguno de los usuarios, sea comprador o proveedor, incumple con esta normativa el artículo 83 de la ley contempla una multa. La misma podría ascender hasta el 5 por ciento del valor total de la negociación (la adquisición), sin perjuicio de otras responsabilidades legales. Es decir, que para este caso la multa ascendería hasta Q24 mil.

La norma también prohíbe que al momento de licitar un producto se enumeren “especificaciones técnicas o disposiciones especiales que requieran o hagan referencia a determinadas marcas, nombres comerciales, patentes, diseños, tipos, orígenes específicos, productores o proveedores”. Esto con el afán de que el concurso sea transparente. Es decir, si la municipalidad de Iztapa publica el concurso en Guatecompras, otro pudo ser el resultado.


* Esta nota se publicó el 15 de febrero de 2017. La Contraloría sancionó a la municipalidad por no respetar el procedimiento. El anuncio lo hizo el 30 de mayo cuando presentó su informe.

informe contraloria

Ana Carolina Alpírez

Noticias relacionadas