La manera como se eligen alcaldes y síndicos podría ser la razón de los conflictos. Modificarla ayudaría a evitar problemas, dicen expertos consultados.

Por José Pablo del Águila
La conflictividad electoral en los municipios se debe a la forma como son electos los alcaldes, sus síndicos y los concejales. Es la hipótesis que plantean algunos académicos.
Los gobiernos municipales se integran por dos síndicos, o tres si el municipio tiene más de cien mil habitantes. Entre sus funciones está representar a la municipalidad en tribunales u oficinas administrativas, y desaprobar acciones del alcalde que generen dudas.
El jefe edil electo llega al concejo municipal con dos síndicos propuestos en su planilla. Hugo Novales, analista político, considera que esto hace que los alcaldes gocen de un poder desmesurado. Y a su vez, es la causa de conflictos en muchos municipios.
A esto hay que agregar que los jefes ediles son electos con solo tener mayoría de votos, como sucedió a Javier Gramajo: ganó con el 12 por ciento de los votos de su municipio, Villa Nueva. Logran la victoria con una cantidad mínima de sufragios.
Una solución sería que los síndicos ganadores no fueran los de la planilla del alcalde sino electos igual que los diputados del Congreso de la República, es decir, con el método de representación proporcional de minorías, explica Novales.
Este sistema procura que la cantidad de escaños en el Concejo Municipal que gane cada partido o comité cívico sea proporcional con el número de votos que obtuvo. Para que esto sea una realidad habrá que reformar la Ley Electoral y de Partidos Políticos. Sin embargo Rolando Molina, del Instituto Centroamericano de Estudios Políticos (Incep), dice que esta no será una tarea que priorice la próxima legislatura.
Los diputados buscarán modificar aquellos aspectos de la ley que les generaron problemas, dice, como la prohibición de pautar directamente con los medios de comunicación.
Intentos fallidos
En 2017, la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso propuso que se implementara una segunda vuelta para los alcaldes. Y es que buena parte de los alcaldes ganan en primera vuelta, pero con un porcentaje de votos no mayor al 20 por ciento. Esto les resta legitimidad en la población y deriva en conflictividad, expuso la iniciativa.
Sin embargo, la Corte de Constitucionalidad (CC) dictaminó que esta reforma era innecesaria. El argumento fue que la representatividad de un gobierno municipal no está solo en el alcalde sino también en los integrantes del concejo municipal que pertenecen a distintos partidos políticos.
Celia Luna, de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), explica que el sistema de gobiernos locales está diseñado para favorecer la gobernabilidad, es decir, para facilitar a un alcalde tomar decisiones.
Por esta razón, los jefes ediles suelen gozar de una cuota de poder significativa al momento de ser electos, puntualiza.
“Esta nota es producto del Diplomado “Periodismo Político y Electoral” que imparte el International Republican Institute (IRI), bajo la coordinación de Laboratorio de Medios, S.A. a periodistas de diversos departamentos de Guatemala. (La asistencia financiera y técnica que el Instituto Republicano Internacional (IRI) otorga para esta actividad es provista por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y es posible gracias al generoso apoyo del pueblo estadounidense.) Los puntos de vista y opiniones expresados en esta nota son de los autores y no necesariamente reflejan la política oficial de USAID o del gobierno de los Estados Unidos”.